Quito pide nulidad de licencia de explotación para Tía María

El congresista de la República, Jaime Quito Sarmiento, ha enviado un oficio al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) solicitando la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 0692-2025-MINEM/DGM. La misma que autoriza el inicio de actividades de explotación del megaproyecto minero “Tía María”, a cargo de la empresa Southern Perú Copper Corporation Sucursal del Perú. El parlamentario sostiene que la decisión administrativa, emitida por la Dirección General de Minería, incurre en vicios graves que agravian derechos fundamentales y el interés público de la población de Islay, en Arequipa.  

La misiva, emitida en Lima el 17 de octubre de 2025, está dirigida a Luis Fernando Gala Soldevilla, Presidente del Consejo de Minería del MINEM. El congresista pone en conocimiento las presuntas irregularidades en el proceso de otorgamiento de la licencia. Quito Sarmiento enfatiza que la Dirección General de Minería (DGM) tomó la decisión sin tener en cuenta las serias amenazas y los impactos negativos que la explotación minera acarrearía en la agricultura local, el medio ambiente, y la tranquilidad pública de la población de la provincia de Islay.

Vicios en la licencia 

El núcleo de la argumentación del legislador se centra en la pérdida de vigencia legal del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto, aprobado el 1 de agosto de 2014. Según Quito, este EIA habría caducado conforme al artículo 36 del Decreto Supremo N° 040-2014-EM. Un hecho que fue advertido al MINEM por voceros del Valle de Tambo el 14 de mayo de 2024, mediante hoja de trámite N° 3747167.  

Ademas, se advierte sobre la superposición del proyecto con el ecosistema frágil Lomas Cachendo. Reconocido en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 153-2018-MINAGRI-SERFOR-DE. Un informe técnico del SERFOR (N° D000088-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO) evidenció la superposición de veintisiete (27) polígonos de concesiones mineras del proyecto Tía María con dicho ecosistema.  

La protección de Lomas Cachendo, ubicada en los distritos de Deán Valdivia, Mejía y Cocachacra, también fue declarada de interés público regional mediante la Ordenanza Regional N° 419-AREQUIPA del Consejo Regional de Arequipa (CRA). 

Adicionalmente, se denuncia la afectación al patrimonio arqueológico cultural de la Nación. El congresista señala la existencia de numerosos restos arqueológicos en Cocachacra, Mejía y Deán Valdivia, declarados Patrimonio Cultural de la Nación mediante la Resolución Viceministerial N° 0079-2010-VMPCIC-MC. Esta resolución declara Patrimonio Cultural de la Nación a 52 monumentos arqueológicos prehispánicos, entre ellos: Posco 1A, Posco 1B, Tambo 1, Tambo 2, Chuli 1, y Chuli 2, ubicados en la zona de influencia directa del proyecto Tía María.  

Sin licencia social 

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Quito Sarmiento también destaca que el proyecto carece de «licencia social» desde sus primeras etapas. Esto debido a la potencial afectación del medio ambiente y la agricultura local. Por ello, advierte que la autorización del inicio de la explotación será un factor de conflictividad social que podría derivar en nuevas vulneraciones a los derechos humanos, como ya ocurrió en anteriores ocasiones.  

Por estas razones, solicita al Consejo de Minería ejercer la potestad de declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral 0692-2025-MINEM/DGM. Esto conforme al artículo 4 del Reglamento de Procedimientos Mineros (Decreto Supremo N° 020-2020-EM) y los artículos 11 y 202 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.  

El SERFOR, a través del Informe Técnico N° D000088-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, confirmó los patrullajes periódicos para la conservación de Lomas Cachendo. Aunque sus niveles de biodiversidad dependen de la época y variabilidad climática, y ha señalado que brindará acompañamiento a la ATFFS Arequipa para acciones de gestión y conservación del ecosistema frágil.  

El destino del proyecto «Tía María» pende ahora de la evaluación de estos argumentos por parte del Consejo de Minería del MINEM. El mismo que deberá decidir si los vicios señalados por el parlamentario justifican la anulación de la licencia de explotación.