Por Augusto Santillana. Abogado y analista político

El Pleno del Congreso de la República recientemente aprobó, por insistencia y por amplia mayoría (98 votos a favor, 2 votos en contra y 2 abstenciones), la Autógrafa que propone la Ley para la formalización, desarrollo y competitividad de la micro y pequeña empresa (Mype). Esta nueva regulación normativa para las MYPES, deroga la anterior Ley 28015, vigente desde el año 2003. 

Sin embargo, la nueva ley MYPE, ya ha recibido serios cuestionamientos de orden técnico. Esto al no considerar aspectos relevantes para lograr la ansiada formalización de los sectores productivos emergentes y que ven a la formalización como una amenaza a su subsistencia. Pues, formalizar, significará: el vía crucis del papeleo o la burocracia, la apurada fiscalización tributaria y laboral y el nulo acceso al crédito con tasas de interés preferencial para un sector que representa más del 90% del empleo en el Perú. 

El especialista en temas tributarios, Octavio Salazar, sostuvo que “Esta norma no aborda los problemas críticos que frenan la formalización en Perú”. Enfatizó que “la ley MYPE no ataca los dos problemas principales: los altos costos para formalizarse y la ausencia de incentivos o beneficios inmediatos que motiven a los emprendedores a dar el paso a la formalidad”. El especialista contrastó la situación peruana con experiencias en otros países de la región. En México, Colombia y Chile, se han implementado exoneraciones tributarias. En estos casos, las MYPE formalizadas no pagan impuestos en sus primeros años o hasta su consolidación económica (exoneraciones graduales), permitiéndoles arrancar y consolidar sus negocios antes de empezar a tributar. Esta estrategia, que busca «llamarlos al buen juego» ofreciendo una facilidad inicial, no se contempla en el caso peruano. También destacó el programa «Mujer Emprendedora» de Chile como otra iniciativa interesante que se podría haber recogido. Este programa ofrece créditos directos o facilidades administrativas a mujeres que decidan emprender, algo que no se toca en la ley peruana.

El parlamento, como podemos ver de la norma aprobada, no asimila para bien, la problemática actual de las MYPES, y se llena solo de buenas intenciones para el futuro. Como considerar como de interés nacional el otorgamiento de créditos a tasa preferencial y la asignación de terrenos del Estado para el desarrollo de zonas comerciales e industriales. Pero aún no las desarrolla en el texto aprobado. 

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De igual manera, si bien establece que la SUNAT y la SUNAFIL, apliquen medidas educativas y preventivas ante la detección de infracciones tributarias y laborales, respectivamente; éstas se enmarcan dentro de la actual legislación de estas entidades. Es decir no se establece una regulación diferencial o especial para las MYPES. Lo correcto hubiese sido otorgar un período de gracia al sector MYPE INFORMAL para que, en efecto, los primeros años no tributen al erario; gocen de mayores variantes jurídicas en la contratación laboral; así como la promoción de mercados para sus productos, más allá de venderle al Estado. 

Se necesitan incentivos concretos y más pragmáticos si queremos, en serio, que la formalidad rinda sus frutos. No obstante, también corresponde al sector financiero privado, coadyuvar a lograr la formalización del sector MYPE. Hace poco, se aprobó eliminar el techo a las tasas de interés por los créditos que otorgan los bancos y financieras. Se dijo que la razón era incluir en el circuito del crédito a los emprendedores que venían siendo azotados por los extorsionadores del “gota a gota” con créditos usureros. Pero vemos que con el pretexto de cuidar el riesgo crediticio, estas entidades financieras, no bajan sus tasas de interés a los comerciantes y productores del sector MYPE. Con lo cual, es casi previsible, que la ansiada formalización seguirá esperando cual cola para ser atendido en alguna entidad estatal, es decir, a paso lento e incierto.