En una sentencia de primera instancia, el Juzgado Constitucional de Lima declaró fundado el amparo presentado por la defensa de Pedro Castillo y ordenó al Congreso otorgarle la pensión vitalicia que antes le negó. El fallo señala que el Parlamento incurrió en trato desigual al rechazar la solicitud del exmandatario mientras otorgaba el beneficio a Alberto Fujimori pese a sus condenas judiciales.
La resolución recuerda que, en mayo de 2024, el Congreso denegó el pedido de Castillo alegando el artículo 2 de la Ley 26519, que suspende el beneficio a los expresidentes con denuncia constitucional en trámite. En su caso, se le acusaba de intentar un golpe de Estado y de liderar una presunta organización criminal.
El mismo argumento, sin embargo, no se aplicó en el caso de Alberto Fujimori. El Legislativo resolvió en su favor, sosteniendo que la suspensión vulneraba la presunción de inocencia, pese a que el exdictador ya había sido condenado por corrupción y violaciones a los derechos humanos. Esa contradicción fue clave para que el juez concluyera que existió vulneración al derecho de igualdad.
En consecuencia, el juzgado anuló las resoluciones parlamentarias que negaban la pensión y dispuso la emisión de un nuevo pronunciamiento, obligando al Congreso a reconocer la pensión vitalicia a favor de Pedro Castillo. El beneficio asciende a S/15.600 mensuales. Aunque la decisión debe ser confirmada en segunda instancia, la defensa del expresidente adelantó que solicitará su ejecución inmediata.
El proceso judicial se desarrolla en paralelo al expediente penal por el intento de golpe del 7 de diciembre de 2022. La Sala Penal Especial de la Corte Suprema analiza ampliar la acusación contra Castillo de rebelión a conspiración para la rebelión. Su defensa, junto a la de Betssy Chávez, Willy Huerta y Aníbal Torres, presentó un recurso de reposición que ya fue rechazado. El tribunal precisó que la recalificación solo se decidirá en sentencia, si se cumplen los requisitos de ley.