Golpe a la justicia. Con una resolución cuestionable, el Poder Judicial anuló el juicio que había sentenciado al exalcalde Alfredo Zegarra a 7 años de pena efectiva y de inhabilitación para ejercer cargo público. Y mientras se resuelve una posible casación o un nuevo juicio, tiene el camino llano para postular en las elecciones del próximo año.
Con la carrera electoral avanzando, se anunciaba la postulación del exalcalde Alfredo Zegarra como candidato del movimiento regional Fuerza Arequipeña. Sin embargo, tenía un gran impedimento: la sentencia en primera instancia emitida en noviembre del año pasado por el delito de colusión agravada, con 7 años de pena efectiva e inhabilitación para ejercer cargo público. Un candado que ayer logró resolver. Pues la Sala de Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, resolvió anular el juicio contra Zegarra y otros involucrados y ordena la instalación de un nuevo juicio.
Con esto, Zegarra tiene el camino libre para postular. Pues quedan dos opciones: 1) el Ministerio Público o la Procuraduría Anticorrupción apelan ante la Corte Suprema, o 2) esperan el inicio del nuevo juicio. En cualquiera de ambos caminos, mientras se resuelve, “El bigote” tiene el camino llano para seguir soñando con su regreso al poder.

Sentencia anulada
En noviembre del año pasado se dió la tan esperada sentencia contra el exalcalde Alfredo Zegarra por el delito de Colusión Agravada. Esto por concertar, entre 2011 y 2013, con el Consorcio GR Arquitectos para que gane la buena pro del proyecto de “Mejoramiento y Desarrollo de Capacidades Institucionales para el Ordenamiento Territorial de la provincia de Arequipa”, que se usó como base para el diseño del Plan de Desarrollo Metropolitano. Se le fijó 7 años de pena efectiva e inhabilitación para ejercer cargo público.
La resolución también sentenció a Juan Carlos García de los Reyes, representante de la empresa y el personaje que se reunió con Alfredo Zegarra en el municipio antes de que ganara la buena pro. La tesis del Ministerio Público era que García de lo Reyes y Zegarra se coludieron para beneficiarlo con la licitación por más de S/ 1 millón.
Y el juez de primera instancia, Eddy Leva Cascamayta, además absolvió a los funcionarios de confianza de Zegarra, Carlos Alberto Perea Barreda, Luis Alberto Begazo Burga y Raúl Luis Gallegos Vergara.
Tras la pena en primera instancia tanto Zegarra como García de los Reyes y el Ministerio Público apelaron. Los dos primeros pedían la absolución, mientras que la Fiscalía pedía la nulidad de la sentencia en el extremo de la absolución de Peres, Begazo y Gallegos.
Casi un año después la terna de jueces Erasmo Coaguila Chávez, Maria Paola Venegas Saravia y Orlando Abril Paredes, resolvieron declarar nula de oficio la sentencia en todos sus extremos; es decir queda nula la pena de Zegarra y Garcia de los Reyes, y nula la absolución de los otros tres funcionarios. Y ordena que se realice un nuevo juicio penal y civil con un nuevo juez. En otras palabras, todo vuelve a foja cero.

Argumentos cuestionables
En el caso de Alfredo Zegarra la terna de jueces cuestiona las conclusiones del juez de primera instancia respecto a las reuniones y comunicaciones que Zegarra y García de los Reyes tuvieron previo a buena pro del proyecto “Mejoramiento y Desarrollo de Capacidades Institucionales para el Ordenamiento Territorial de la provincia de Arequipa”. Señalan que existen contradicciones entre lo que García de los Reyes dijo en una entrevista periodística, donde afirma haberse comunicado vía correo electrónico con el edil y lo que dijo luego durante el juicio, donde negó sus propias afirmaciones.
Los jueces señalan que Eddy Leva “no da razones del porqué la versión brindada en la entrevista con el programa “Línea de Fuego” le genera mayor convicción y por qué descarta la versión extendida en juicio oral”.

Y respecto a las reuniones que Zegarra tuvo luego en su despacho municipal también dicen que hay deficiencias en el razonamiento del juez. Pues, a pesar de que hay pruebas de su movimiento migratorio, que señalan que estuvo en Arequipa entre el 10 y 13 de noviembre del 2011 y que en la agenda de alcaldía estaba dispuesta una reunión entre ambos para el 11 de la mañana del 11 de noviembre del 2011, la terna dice que no es suficiente. Esto porque algunos funcionarios señalaron que era difícil saber si una persona cumplió o no la cita pactada. Además porque dijeron no recordar si García de los Reyes llegó.
Otro punto clave para la nulidad es que durante el juicio la defensa técnica de Zegarra probó la tesis de la firma falsa en la resolución que el entonces alcalde firmó para aprobar la ampliación del plazo en favor del consorcio GR Arquitectos. Presentaron una pericia grafotécnica de parte a cargo de Washington Gamarra Villegas. Pero este no pudo validar sus conclusiones porque primero dijo que fue el propio Zegarra quién le dio un documento para validar su firma. Luego señaló que fue otro funcionario quién se lo entregó de un archivador de alcaldía y otras inconsistencias. Y después aceptó que estuvo recluido en un establecimiento penitenciario por el delito de estafa; es decir “se caracteriza por hacer ingresar un error mediante engaño”. Por esos motivos el juez descartó la pericia de parte.
Sin embargo, la terna de Extinción de Dominio señala que no se pudo comprobar si la firma era falsa o no. Esto a pesar de que el Ministerio Público sí mostró una pericia grafotécnica de los especialistas Tito Homero Abanto Vera y Carmen Silvana Canaza Aguilar. Pero los jueces señalan que “a efecto de no adelantar opinión, el Colegiado no se pronunciará al respecto, más aún si se considera la existencia de cuestionamiento respecto de la apreciación de los demás indicios, que al estar imbricados entre sí, el análisis debe realizarse en forma conjunta (indicios contingentes)”. Decidieron obviar lo que la Fiscalía sí pudo probar.
Y concluyen que el juez supuestamente no dio un razonamiento suficiente para determinar la condena de Alfredo Zegarra. “Sólo se limitó a justificar la operación mental citando nuevamente los indicios probados según su consideración, lo que vicia la motivación de su decisión”, agregan.

El camino llano para Zegarra
Para el abogado y analista político Arturo Salas Vildoso, la anulación del juicio crea suspicacias en la opinión pública. “Puede que los jueces tengan un sustento para declarar la nulidad, pero sin duda esto permite que la gente lo tome a mal. Y quienes van a sacar partido son los adversarios políticos. Aunque siendo objetivos, cualquier persona que no tenga sentencia firme puede postular. Él puede estar feliz pero no está absuelto. La resolución de la terna no lo libera, solo retrasa su Vía Crucis. Porque todo va a volver a iniciar desde cero. La incertidumbre para él continuará incluso si postula y está en medio del proceso electoral, porque en cualquier momento puede salir la sentencia de casación”, añade.
Y es que tanto el Ministerio Público como la Procuraduría Anticorrupción pueden apelar a la sentencia de la Sala de Extinción de Dominio ante la Corte Suprema y buscar una casación. Allí quedan dos opciones: o que se ratifique la resolución en segunda instancia que ordena nuevo juicio, o que se ratifique la sentencia contra Zegarra.
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