La Junta de Fiscales Provinciales de Lima Centro se niega a acatar la Ley Nº32130, que otorga a la PNP facultades para realizar investigaciones preliminares, al considerarla inconstitucional. Solicitan a la Fiscalía de la Nación tomar acciones para defender el mandato que la Constitución otorga al Ministerio Público.
Ante la promulgación de la Ley 32130, el 10 de octubre, la Junta de Fiscales Provinciales de Lima Centro emitió un documento dirigido a la Fiscalía de la Nación, en el que aseguraron que no acatarán la norma.
En dicha carta, firmada por Katharinne Borrero Soto, presidenta de la junta, los fiscales se amparan en el inciso 4 del artículo 159 de la Constitución Política del Perú. Según este artículo, corresponde al Ministerio Público «conducir desde su inicio la investigación del delito. Con tal propósito, la Policía Nacional está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función».
La Ley Nº 32130 otorga a la Policía Nacional del Perú (PNP) la facultad de realizar investigaciones preliminares, una función que anteriormente era exclusiva del Ministerio Público. Esta medida ha generado un intenso debate entre especialistas y autoridades.
En el mismo documento, los fiscales solicitan a la Junta de Fiscales Superiores y al Fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, que «ejerzan acciones de defensa para proteger el mandato constitucional».
De acuerdo con la jerarquía del ordenamiento jurídico peruano, la Constitución está por encima de cualquier norma. Por lo tanto, según la interpretación de los fiscales provinciales de Lima Centro, la Ley 32130 no sería aplicable, ya que no modifica la Constitución.
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¿Es la norma inconstitucional?
El Poder Ejecutivo defiende la ley como un avance para agilizar las investigaciones, argumentando que la PNP está capacitada para asumir este rol. Sin embargo, críticos como el fiscal Jorge Chávez Cotrina y el exviceministro de Seguridad Pública Ricardo Valdés sostienen que la norma es inconstitucional y contradice la estructura legal actual, que otorga al Ministerio Público la titularidad en las investigaciones penales. Estos críticos advierten que la nueva ley podría generar conflictos de interés, especialmente en casos de corrupción que involucren a funcionarios del Ejecutivo.
El fiscal superior Jorge Chávez Cotrina señaló que la ley es contradictoria, ya que por un lado otorga la conducción de las investigaciones al Ministerio Público, pero a la vez permite que la PNP inicie investigaciones de manera independiente.
Valdés también cuestionó la ley, indicando que la independencia del Ministerio Público es esencial para evitar que la Policía, afectada por altos niveles de corrupción, manipule las investigaciones. Según Valdés, la concentración del poder de investigación en la PNP podría debilitar los contrapesos necesarios entre las instituciones. Además, recalcó que modificar esta facultad requeriría un cambio constitucional, lo cual no se ha hecho.
¿Tiene ventajas?
Por otro lado, quienes apoyan la ley, como el general PNP (r) Juan Carlos Sotil, ven en esta norma una oportunidad para agilizar los procesos investigativos.
Sotil argumenta que la burocracia del Ministerio Público retrasa las investigaciones y que los policías ya realizan gran parte del trabajo en la práctica. Según él, la nueva ley permitirá que las denuncias y las pruebas se gestionen de manera más rápida y efectiva, lo cual es crucial para combatir la creciente criminalidad en el país.
Sin embargo, otros especialistas temen que esta medida conduzca al país hacia un estado policiaco, con un exceso de poder concentrado en la PNP, lo que podría politizar las investigaciones.