El Gobierno del presidente José María Balcázar declaró el estado de emergencia por 30 días calendario en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao, con el objetivo de enfrentar el avance de la criminalidad y otras manifestaciones de violencia. La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo Nº 027-2026-PCM, publicado en edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano.
Durante este periodo excepcional, la Policía Nacional del Perú asume el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas. La institución policial será la encargada de determinar las zonas de intervención, basándose en información de inteligencia, estadísticas, mapas del delito e indicadores de incidencia criminal, con el fin de focalizar las operaciones en los puntos de mayor riesgo.
El decreto contempla la restricción o suspensión de derechos constitucionales como la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales. En ese marco, las autoridades podrán realizar intervenciones y operativos sin necesidad de orden judicial en determinados supuestos, conforme a la normativa vigente sobre uso de la fuerza.
Asimismo, las actividades religiosas, culturales, deportivas y otros eventos públicos de carácter masivo deberán solicitar autorización previa ante las autoridades competentes para su evaluación. Las reuniones que no sean masivas podrán desarrollarse sin permiso, siempre que no alteren el orden público.
La norma también dispone que el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, así como los comités regionales y provinciales correspondientes, permanezcan en sesión permanente mientras dure la emergencia. El Ejecutivo señaló que esta decisión busca restablecer la seguridad y garantizar la tranquilidad de la población ante el incremento de hechos delictivos en la capital y el primer puerto.




