Enfermera viajera de EsSalud sancionada solo con 90 días

En 2023, la enfermera Eliana Alejandra Núñez Castillo, del Hospital III Yanahuara de EsSalud, aprovechó su estadía en Bolivia para tramitar certificados médicos que la justificaban como si estuviera enferma en Arequipa. Con esos documentos logró evitar descuentos salariales y ausencias injustificadas. La Contraloría documentó la irregularidad con pruebas migratorias y testimonios, pero el desenlace fue desconcertante: la trabajadora solo recibió 90 días de suspensión sin sueldo, una sanción mínima frente a la magnitud del fraude y que, además, dejó sin castigo a los médicos cómplices que firmaron los certificados fraudulentos.

La historia del fraude

La historia salió a la luz tras una acción de control de la Contraloría General de la República (CGR), que reveló que la enfermera presentó seis Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) durante 2023, cuando en realidad se encontraba fuera del país. Los documentos fueron utilizados para justificar inasistencias laborales y evitar descuentos en sus remuneraciones.

Según el informe N.º 5431-2025-CG/GRAR-AOP, Núñez Castillo presentó certificados en enero, abril y diciembre de 2023, todos tramitados como atenciones de emergencia por enfermedades comunes. Sin embargo, los registros migratorios confirmaron que en esas fechas la trabajadora estaba en Bolivia, lo que hacía imposible que hubiera sido atendida en el hospital de Yanahuara.

La investigación identificó también a los médicos responsables de emitir los certificados irregulares: Lady Gil Onofre, Harold Manrique Rosales, Gustavo Valle Morales, Nelly Luque Quispe, Gabriel Atahualpa Begazo y Fernando Torres Vásquez. Pese a su participación en los hechos, ninguno de ellos ha recibido hasta el momento sanción administrativa, lo que acrecienta las críticas sobre el alcance limitado del proceso disciplinario.

El expediente concluyó que Núñez Castillo ejerció influencia sobre los médicos para obtener certificados indebidos, lo cual constituye un aprovechamiento irregular de su condición de servidora pública y un menoscabo a los principios de legalidad y probidad que rigen en la administración estatal. La documentación oficial incluso califica su conducta como un accionar “consciente y deliberado” para burlar el sistema de control.

¿Sanción o burla? 

A pesar de estas conclusiones, el Órgano Sancionador de EsSalud Arequipa resolvió aplicar solo una suspensión de 90 días sin sueldo, descartando sanciones más severas como la destitución. El argumento central fue la aplicación de los principios de proporcionalidad y razonabilidad, establecidos en la Ley del Servicio Civil (N.° 30057).

En su análisis, el comité sostuvo que si bien la falta fue grave, la sanción debía graduarse considerando factores como la ausencia de reincidencia y el hecho de que la enfermera no registra antecedentes disciplinarios en su legajo personal. Este razonamiento resultó decisivo para evitar una sanción mayor.

La resolución también señala que, si bien la enfermera obtuvo un beneficio ilícito —evitar descuentos en su sueldo y acumular inasistencias injustificadas—, finalmente se realizaron coordinaciones para cubrir sus turnos, lo cual, según el documento, atenuó el impacto sobre la atención a los pacientes.

Otro aspecto valorado por el comité fue que, pese a la irregularidad de los certificados, Núñez Castillo no ocultó reiteradamente la falta ni incurrió en una conducta continua o reincidente, lo que llevó a concluir que la sanción debía ser moderada. En consecuencia, se optó por la suspensión y no por la destitución.

Médicos salvados

No obstante, en el mismo expediente se reconoce que los certificados presentados “carecen de valor y fueron obtenidos fraudulentamente”, lo que constituye un agravante, ya que afecta la fe pública y pone en riesgo la confianza en los servicios de salud. Esta contradicción entre el diagnóstico de la falta y la sanción impuesta genera fuertes cuestionamientos.

Por ahora, Núñez Castillo solo deberá cumplir con la suspensión impuesta, registrada como demérito en su legajo personal. La resolución establece que podrá interponer recursos de reconsideración o apelación en un plazo de 15 días hábiles, aunque la sanción ya quedó firme dentro de la red asistencial de Arequipa.

La conclusión más cuestionada del proceso es que mientras la enfermera fue sancionada de forma leve, los médicos que participaron en la emisión de los certificados no han recibido sanción alguna, dejando un vacío de responsabilidad sobre quienes avalaron los documentos falsos. Esta omisión mina la credibilidad institucional y plantea dudas sobre la real voluntad de sancionar de manera ejemplar las irregularidades detectadas.