El Poder Judicial sentenció a Juan Muñico Gonzales, conocido como ‘Jota Maelo’ y líder del colectivo ultraconservador La Resistencia, a 1 año y 8 meses de pena suspendida por el delito de difamación agravada contra IDL Reporteros. La jueza Luisa Noriega Chu, del 12° Juzgado Penal de Lima, también le impuso 86 jornadas de servicio comunitario, una multa de S/1,500 y el pago de S/50,000 como reparación civil por los agravios difundidos en redes sociales.
La sentencia dispone que el pago de la reparación civil sea efectuado mediante cinco armadas mensuales de S/10 mil cada una. Estas iniciarán dentro de los 30 días tras quedar consentida la decisión judicial. El dinero deberá ser depositado en el Banco de la Nación a favor de IDL Reporteros. La jueza valoró el impacto moral de los agravios vertidos por Muñico, al considerar que causaron un daño extrapatrimonial debido a su difusión masiva en redes sociales.
Insultaba sin filtros
Durante el juicio oral, la parte querellante presentó como prueba una serie de tweets publicados por Muñico. En esto insultaba directamente a IDL Reporteros con frases como “organización filoterrorista IDL” y “se van enterando lo basura que son”. La magistrada consideró que estos mensajes no correspondían al ejercicio legítimo de la libertad de expresión. Al contrario fueron insultos orientados a menoscabar la imagen y prestigio del medio de comunicación.
La jueza fue enfática al señalar que el derecho a la libertad de expresión no ampara el uso de términos vejatorios, injuriosos o humillantes. Rechazó así los argumentos de la defensa de Muñico. Esta sustuvo que sus publicaciones eran una forma de crítica ciudadana y que palabras como “filoterrorista” aparecen en el diccionario de la RAE. “No se trata de una crítica informada ni de relevancia pública”, subrayó el fallo.
La resolución sienta un precedente sobre los límites de la crítica pública en redes sociales y establece que la libertad de expresión no puede usarse como escudo para difamar. Con esta condena, el Poder Judicial busca reafirmar la protección legal ante discursos de odio y ataques infundados. Especialmente cuando estos provienen de figuras públicas con capacidad de incidir en la opinión colectiva.