El Ministerio de Defensa presentó un proyecto de reglamento que establece la transmisión obligatoria del himno nacional del Perú dos veces al día en medios de comunicación y centros educativos. Esta medida, enmarcada en la Ley N.º 32251, ha generado críticas por su aparente intención de regular contenidos desde el Estado.
Según la propuesta, radios, canales de televisión y plataformas digitales con programación continua deberán emitir la versión oficial del himno a las 08:00 y 18:00 horas. En el caso del canal estatal TV Perú y Radio Nacional, la difusión será cuatro veces al día. Toda transmisión deberá contar con subtítulos, traducción en lengua de señas y estar libre de arreglos o efectos.
En el sector educativo, la medida se aplicará todos los lunes y en actos cívicos, incluso en universidades. Tras cantar el coro y la séptima estrofa, los presentes deberán exclamar “¡Viva el Perú!”, a lo que se responderá “¡Viva!”.
El proyecto también obliga a los gobiernos regionales y municipales a registrar sus símbolos ante INDECOPI para su uso oficial. A nivel comercial, se prohíbe el empleo de emblemas nacionales en promociones, logotipos o etiquetas. Esto afectaría directamente a comerciantes como los del emporio de Gamarra, donde el uso de la bandera y el escudo es común en prendas y accesorios.
Asimismo, el Banco Central de Reserva deberá rediseñar las monedas de S/1 para incluir de forma visible el lema “Firme y feliz por la unión”, lo cual implicaría un aumento en su tamaño. El presidente del BCRP, Julio Velarde, advirtió que esta modificación representaría altos costos logísticos y técnicos.
Pese a la defensa oficial del reglamento como una forma de fortalecer el civismo, voces como la del defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, han advertido que el Estado no debe imponer valores ni contenidos a los medios. La polémica está abierta.