Isaac Martínez Gonzales. Especialista en infraestructura hidráulica

En el mes de marzo de 1984 se llevaron a cabo las pruebas hidráulicas del sistema de trasvase del Proyecto Especial Majes Siguas (PEMS). Esto consistía en derivar las aguas del río Colca hasta el río Siguas, a través del sistema de aducción, cuya captación es en la bocatoma de Tuti, hasta el final del túnel terminal. De este punto, el agua fue entregada a la quebrada Huasamayo. Los caudales de las pruebas de trasvase se hicieron durante 17 días (fuente: PEMS), con incrementos progresivos.

Pese a esto, el 19 de marzo se descargó 30 m3/s (fuente: PEMS), que es un caudal inducido, por lo que no se considera como progresivo sino intempestivo. Esto, indudablemente, ocasionó arrastre de material de fondo de la quebrada, conformando un flujo másico aportado al río Siguas. Es decir, se entregó agua más la masa del material de arrastre (no por causas naturales), que incrementó el transporte natural de sedimentos del río. Consecuentemente, durante y después de la prueba, la arena, tierra, rocas y otros materiales ocasionaron variaciones de flujo, por erosión y sedimentación de las riberas del río, afectando a los agricultores del valle de Siguas.

Algunos de éstos, postularon a los sorteos del D.S. 050-89 y al de damnificados por desastres naturales en el año 2004. Sin embargo, está pendiente el resarcimiento de otros damnificados, cuya selección y determinación debería estar a cargo de una comisión especial integrada indudablemente por el PEMS. El reclamo lo vienen haciendo a través de un comité de defensa desde hace muchos años, sin ningún resultado, por la inasistencia permanente e injustificada de los funcionarios del PEMS a las reuniones convocadas por el Consejo Regional. Logrando una postergación en la elaboración de la nueva Ordenanza Regional por casi dos años.

Para que se configure la condición de damnificado, se les consideró de acuerdo al tipo de afectación que tuvieron:

  1. Erosión de cauce de quebrada o río por incremento intempestivo de caudal. Durante un período tan corto de 17 días de prueba (causa inducida), el ingreso del agua a la quebrada Huasamayo se considera intempestivo. En este tipo de afectación están los damnificados de Querque y Lluta.
  2. Desborde del río Siguas y erosión de las riberas por incremento intempestivo de caudal. En época de avenidas; antes y después de la fecha de la prueba hubo mayores caudales en el río, y casi siempre hubo y hay afectados; pero fueron por causas naturales. Si al caudal natural del río, en época de avenidas, se le adiciona 30 m3/s de agua, más el material de arrastre (inducido), los desbordes del río y erosión de sus riberas dejan de ser por causas naturales. Los funcionarios del PEMS, ¿esperaban que el caudal del río Siguas, en época de avenidas, sea menor al caudal de prueba para considerar que hubo afectación? No tiene sentido, por esa razón se señaló que no era necesario hacer ningún estudio hidrológico, además porque ya hay bastantes estudios realizados. En este tipo de afectación se encuentran los damnificados de Santa Isabel de Siguas, San Juan de Siguas y Quilca.
  3. Arenamiento del cauce del río Siguas, tomas rústicas y canales. El arenamiento natural del río Siguas, en época de estiaje en Pitay no es el mismo antes y después de la construcción de los desarenadores de la estructura de captación. Cuando se hace la limpieza de los desarenadores en poco tiempo se descarga al río la arena retenida en las pozas durante varios días. No es lo mismo que ese volumen de sedimentos haya transitado por ese lugar con menores concentraciones en forma natural. Este desarenamiento intempestivo termina obstruyendo las tomas rústicas ubicadas aguas abajo de la bocatoma. El valle de Quilca es el finalmente recibe agua contaminada, con salinidad superior al límite de tolerancia (2 mmhos/cm) y los sedimentos provenientes del valle de Siguas por las filtraciones y deslizamientos en San juan de Siguas y del valle de Vitor. Hay sectores que tienen el nivel del cauce del río casi al nivel de los terrenos agrícolas. Es inevitable el arenamiento por el funcionamiento del desarenador de Pitay, pero se debe considerar la afectación a los agricultores del valle de Quilca.

¿Qué solicitan los damnificados? Derogar la Ordenanza Regional N°310-AREQUIPA y su reglamento y conformar una nueva comisión de evaluación. Si se sigue postergando la solución a los damnificados, por intransigencia de los funcionarios del PEMS, éstos les estarían dando la connotación de eternos damnificados.