El periodista Germán Remi Ciña Caytano, trabajador nombrado de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro, en la región Moquegua, fue sancionado con cuatro meses de suspensión sin goce de haber. Esto tras cuestionar el presunto estado de ebriedad del gerente municipal, Alexander Pastor Tapia, durante el ejercicio de sus funciones.

Según relató Ciña a Revelación.pe y a la Oficina de Derechos Humanos de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP), los hechos ocurrieron a mediados de 2025. Cuando vecinos alertaron sobre un comportamiento irregular del funcionario. Ante ello, el comunicador acudió a la sede edil y señaló haber constatado lo que describió como un aparente estado etílico del funcionario.

El periodista indicó que, tras advertir verbalmente la situación, solicitó a la Oficina de Recursos Humanos que se practique un dosaje etílico al gerente, pedido que fue rechazado. La negativa, según su testimonio, se repitió cuando acudió a la Policía Nacional del Perú y al Ministerio Público, donde le informaron que no tenían competencia para realizar dicha diligencia.

Días después, comentó el hecho en una entrevista en Radio Sol, precisando que el gerente “presuntamente se encontraba mareado y atendiendo en la municipalidad”. Tras la difusión del programa, el funcionario presentó una querella por difamación contra el periodista. La misma que fue posteriormente levantada luego de que Ciña rectificara públicamente que se trataba de una presunción y no de una afirmación categórica.

Pese a ello, de manera paralela, el gerente municipal impulsó un procedimiento administrativo disciplinario (PAD) contra el comunicador, alegando una supuesta falta de respeto a la autoridad. El 18 de agosto de 2025, el Órgano Instructor formalizó el inicio del proceso mediante la Resolución N.° 001-2025-GA-MPGSC.

Un mes después, el 18 de septiembre de 2025, el Órgano Sancionador emitió la Resolución N.° 001-2025-OS-MPGSC. Esta le imponía una suspensión de cuatro meses sin goce de haber, sanción que fue ejecutada pese a los cuestionamientos del periodista sobre su legalidad y proporcionalidad.

Ciña sostiene que su intervención radial no constituye una falta funcional y que actuó en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión al referirse a un hecho de interés público. “Yo soy trabajador nombrado de la municipalidad. Me indicaron que el gerente estaba borracho, yo noté que estaba en estado etílico y pedí que se le haga un dosaje. En la radio expresé lo que ocurrió, nada es mentira”, declaró.

El 1 de octubre de 2025, Ciña interpuso un recurso de apelación ante el Tribunal del Servicio Civil (SERVIR), argumentando la vulneración de los principios de legalidad, tipicidad, proporcionalidad y debido procedimiento. Hasta la fecha, según indicó, dicho tribunal no se ha pronunciado, pero la sanción impuesta en su contra no es más que una mordaza para todos los periodistas qué cuestionan al poder.