Tras una auditoría, la Contraloría General de la República (CGR), mediante el Informe de Control Específico N.° 033-2025-2-0663-SCE, detectó que se asignaron guardias diurnas a trabajadores de oficinas administrativas del Hospital III Goyeneche, pese a que este beneficio está destinado únicamente al personal que cumple funciones asistenciales críticas. Peor aún, se pagaron bonos vinculados a dichas guardias, generando un perjuicio económico.
La contraloría señala como responsable a Yesica Zevallos Molleda, jefa de la Oficina de Gestión de la Calidad. La funcionaria programó a sí misma y a otra servidora de su dependencia turnos de guardia que no correspondían a la naturaleza de sus funciones. Según el reglamento vigente, las guardias hospitalarias son actividades extraordinarias destinadas a garantizar la continuidad en áreas como emergencia, cuidados intensivos o centro quirúrgico, categorías en las que no califica una unidad de asesoramiento y gestión.
Le sacó provecho
Zevallos Molleda se asignó un total de 36 guardias diurnas durante el semestre, alcanzando picos de hasta 8 guardias mensuales en diciembre de 2024, enero y abril de 2025. Esta frecuencia de turnos extraordinarios en un área administrativa evidencia una falta de racionalidad en el uso de los recursos del hospital.
De igual manera, la servidora Griselda Blanca Rosano Vilca fue incluida en estos roles de turno irregulares. El informe indica que la mencionada cumplió 32 guardias diurnas bajo la misma modalidad indebida, sumando entre ambas trabajadoras un total de 68 jornadas que fueron pagadas con fondos públicos destinados originalmente a la atención directa de pacientes en áreas críticas.
La responsabilidad encontrada por la unidad contralora también alcanza a la alta dirección del nosocomio. Mayza Karim Yvonne Torres Silloca, en su condición de directora adjunta del Hospital Goyeneche, fue señalada por validar, suscribir y sellar los roles de turno de la Oficina de Gestión de la Calidad.
Según el ente, la funcionaria no cauteló los intereses de la entidad al aprobar estos documentos sin observar que dicha oficina no estaba habilitada legalmente para ejecutar guardias. En este caso, la directora adjunta no actuó con la diligencia debida, permitiendo que beneficios económicos diseñados para el personal asistencial de primera línea fueran desviados hacia personal administrativo, incrementando de forma injustificada los ingresos de las servidoras beneficiadas.
Generaron un perjuicio

Como consecuencia de estas acciones, la entidad sufrió un perjuicio económico total de S/ 4,840.24. El desglose de los pagos indebidos muestra que Yesica Zevallos Molleda percibió S/ 3,343.23 adicionales por estas guardias. Mientras que Griselda Blanca Rosano Vilca recibió S/ 1,497.01 por jornadas que, por ley, no debieron ser programadas ni remuneradas bajo ese concepto.
Para concretar estos pagos, se emitieron diversas resoluciones administrativas que autorizaron a la Unidad de Remuneraciones y Planillas a consignar el compromiso de pago. Entre ellas figuran la Resolución N° 383-2024-GRA/GRS/DG-HG-OP y la N° 47-2025-GRA/GRS/DG-HG-OP, las cuales validaron económicamente una actividad que ya desde su origen normativo era inexistente para el personal de gestión de la calidad.
La normativa transgredida incluye el Reglamento de Administración de Guardias Hospitalarias (R.M. N° 573-92-SA/DM) y los lineamientos del Ministerio de Salud que definen el «Equipo Básico» de guardias. Estas normas son explícitas al señalar que solo el personal profesional que labora en servicios de atención directa y crítica está comprendido en este beneficio. Buscando proteger el presupuesto para la atención efectiva del paciente.
Las marcaciones de asistencia confirmaron que las servidoras efectivamente asistieron al hospital en las fechas programadas. Sin embargo, esto no exime la irregularidad, pues el trabajo realizado fue administrativo y no correspondía a la naturaleza de una guardia hospitalaria.




