En medio del camino hacia las Elecciones Generales 2026, una decisión del Jurado Electoral Especial de Caylloma volvió a poner bajo la lupa el uso de recursos públicos. El organismo electoral determinó que el alcalde provincial de Caylloma, Alfonso Mamani Quispe, vulneró las reglas al exhibir publicidad institucional no permitida. Lo que derivó en una multa económica y una amonestación pública.
La resolución fue adoptada por el pleno del Jurado Electoral Especial de Caylloma y quedó plasmada en el documento N.° 00053-2025-JEE-CAY/JNE, fechado el 18 de noviembre de 2025. En él se establece que la autoridad edil incurrió en una infracción al marco que regula la publicidad estatal durante periodos electorales. Un terreno especialmente sensible cuando se busca garantizar neutralidad y equidad.
El caso se centra en la difusión de un banner con contenido institucional referido al “Mejoramiento de los servicios educativos de la I.E.I. N.° 075 Divino Niño Jesús”, ubicado en el distrito de Chivay. Para el órgano electoral, la exhibición de este material contravino las disposiciones vigentes, pese a tratarse de una obra pública. Ya que se realizó dentro del contexto del proceso electoral en curso.
Como parte de las medidas adoptadas, el JEE ordenó el cese o retiro inmediato de la publicidad cuestionada. Además otorgó un plazo de diez días calendario para que el alcalde presente sus descargos. La notificación fue remitida a su casilla electrónica el 20 de octubre de 2025. Sin embargo, según el expediente, no se registró respuesta posterior por parte de la autoridad sancionada.
La amonestación pública se hará efectiva en una audiencia convocada para el 22 de diciembre de 2025, a las 10:00 de la mañana, conforme a la Resolución N.° 00099-2025-JEE-CAYL/JNE. El presidente del JEE Caylloma, Jaime Coaguila Valdivia, subrayó que las autoridades están obligadas a actuar con responsabilidad. Además de cumplir estrictamente el reglamento de propaganda, publicidad estatal y neutralidad aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones.




