Por Sergio Mostajo C. Periodista
Nadie es adivino para saber de enredos policiales o judiciales mientras uno no se vea envuelto en ellos. Hay un sinnúmero de estos, absurdos, excesivos, burocráticos, abusivos, increíbles.
Si por mala fortuna sufres un accidente e interviene la Policía, entrarás a una vorágine de trámites: declaraciones, dosajes, reconstrucciones, papeletas, incautaciones, firmas, sellos, proveídos, copias de DNI, de partidas de nacimiento, certificados domiciliarios y un sinfín de papeleo. Si tienes lesiones, paralelamente irás a un hospital donde enfrentaras la indiferencia de su personal y una serie de trabas que impedirán una atención médica célere, oportuna y humana.
Te enteraras que el SOAT no te sirve si estabas conduciendo sin brevete, algo absurdo e inhumano. El SOAT es un seguro, por tanto, debe priorizar la atención de la salud y de la vida del usuario. Seguramente que la falta de brevete será sancionada con multa al ser infracción, pero la atención de la salud y de la vida no deben tener condicionamientos. Sabrás que, si llegas a EsSalud por accidente de tránsito, no te recibirán en emergencia hasta no verificar si hay un SOAT vigente; reitero, algo absurdo e inhumano.
Sabrás que si tienes lesiones a la vista no puedes viajar en avión, que no te dejarán abordar si no presentas un certificado médico, absurdo e inhumano; si estas viajando es porque necesitas recibir atención médica que no hay en el lugar de origen. Bastaría con firmar una declaración jurada, pero no, eso no sirve para los operadores de la aerolínea.
Muchos, muchísimos de estos enredos se podrían resolver en minutos. Ss suficiente actuar con diligencia, además de sentido común y regirse por normatividad vigente para salvar responsabilidades, por cierto las normas existen.
– Decreto Legislativo N°1246: Prohíbe a las entidades públicas exigir copias de documentos que ya estén en poder del estado o que deban registrar en sus propios sistemas.
– Decreto Legislativo N°1690: Busca impulsar la simplificación administrativa mediante la aplicación del «silencio administrativo positivo», que implica que, si la administración no responde en el plazo establecido, el trámite se considera aprobado.
– Ley N°25035: Es la ley marco original que establece que no se deben solicitar documentos que la administración ya posea.
En medio de este tráfago legal, ganan la informalidad, la ilegalidad, la coima, la corrupción. Los protagonistas se ven obligados a entrar en ese mundillo sucio y oscuro; prefieren llegar a un mal arreglo antes de verse envueltos en procesos policiales y judiciales inacabables, costosos, tediosos e injustos.
Concluyo reiterando que la atención de la vida y la salud deben ser prioridad uno; que la exigencia de papeles, así como la activación de trámites absurdos deben terminar; que las autoridades policiales y judiciales deben propiciar CONCILIACIONES entre las partes para evitar que estas lleguen a juicio, empero llegar a conciliaciones exitosas, que no se conviertan en un mero trámite.




