Durante un mitin en Trujillo, Keiko Fujimori aseguró que el Tribunal Constitucional (TC) la había “absuelto” del caso Cócteles. Sin embargo, una revisión del fallo y la opinión de especialistas muestran que su afirmación es falsa. El TC no declaró su inocencia, sino que anuló el proceso penal seguido en su contra.
El caso Cócteles se originó por presuntos delitos de lavado de activos y organización criminal durante las campañas electorales de 2011 y 2016. Según la Fiscalía, Fuerza Popular habría recibido aportes ilegales de Odebrecht, ingresados al sistema financiero mediante la modalidad conocida como “pitufeo”.
El 20 de octubre, el TC publicó la sentencia 185/2025, que declaró fundado el hábeas corpus presentado por la defensa de Fujimori. El tribunal argumentó que la investigación vulneró el principio de legalidad penal y el derecho a un plazo razonable. En consecuencia, dejó sin efecto los actos procesales, pero sin pronunciarse sobre su inocencia o culpabilidad.
“El TC no puede absolver a nadie”, explicó el abogado penalista Yvan Montoya. Solo el Poder Judicial, mediante una sentencia firme, puede declarar la absolución de un acusado. Coincide con él el fiscal superior Rafael Vela, quien recordó que una absolución se produce únicamente cuando, tras un juicio, no se logra destruir la presunción de inocencia.
El abogado constitucionalista Juan Carlos Ruiz también precisó que el Tribunal Constitucional tiene funciones de control de derechos, no de juzgamiento penal. “El análisis del delito corresponde a los jueces penales, no al TC”, sostuvo.
AmaLlulla intentó comunicarse con Keiko Fujimori y con su equipo de prensa, pero no obtuvo respuesta. En función a los hechos y fuentes consultadas, la red AmaLlulla concluye que es falso que el Tribunal Constitucional haya absuelto a Keiko Fujimori del caso Cócteles.
Con información de Pancarta.pe y la Red AmaLlulla




