La Contraloría General de la República reveló serias irregularidades en la gestión de bienes adjudicados por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) al municipio. El Informe de Visita de Control N.° 018-2025-OCI/1326-SVC advierte que estos permanecen almacenados, algunos inoperativos, y que parte de ellos fueron destinados a oficinas que no figuraban como beneficiarias.

Según el documento, la SUNAT adjudicó dos lotes de herramientas, prendas de vestir, compresoras, planchas, batidoras, calzado, tablets y hasta un vehículo Mazda modelo RX8 para el municipio. El objetivo era atender a la población vulnerable y a instituciones del distrito durante el estado de emergencia por déficit hídrico ocasionado por el Fenómeno El Niño.

Sin embargo, durante la inspección realizada entre el 25 de septiembre y el 1 de octubre de 2025, los auditores constataron que una gran cantidad de estos bienes seguían almacenados sin haber sido distribuidos. En el coliseo municipal “El Niño” y el almacén del cementerio “El Ángel” se hallaron artículos en estado inoperativo, como compresoras, una faja transportadora, una tolva metálica y un minicargador Caterpillar que nunca fueron utilizados desde su entrega. El vehículo Mazda, sin placa, también fue hallado inservible.

El ente de control advirtió que, pese a que los bienes llegaron al municipio en febrero de 2024 y su donación fue aceptada en abril de ese año, más de un año después aún no se habían entregado a los beneficiarios previstos. Tampoco existía documentación que detallara la programación o identificación específica de las instituciones y personas que debían recibirlos. Esto  impide verificar su destino final.

Además, el informe señala que parte del material fue distribuido a oficinas municipales de Mariano Melgar que no estaban consideradas como beneficiarias. Entre ellas, la Gerencia de Fiscalización Municipal, la Gerencia de Servicios Municipales y la Oficina de Atención al Ciudadano recibieron mochilas, morrales, audífonos y compresoras, pese a que la adjudicación fue solicitada para atender a asociaciones vecinales y a la Compañía de Bomberos “Mariano Melgar y Valdivieso” N.° 186.

El OCI sostuvo que estas acciones vulneran el artículo 28 de la Ley de Delitos Aduaneros, que prohíbe destinar bienes adjudicados a fines distintos a los que fueron solicitados. Asimismo, infringen lo establecido en el Reglamento del Sistema Nacional de Abastecimiento, que obliga a las entidades públicas a garantizar la correcta conservación y distribución de los bienes muebles.

Deja una respuesta