En EsSalud, se ha hecho costumbre que los trabajadores perciban permisos fraudulentos para su propio beneficio. Esta vez, la Contraloría General de la República del Perú, a través del Informe de Acción de Oficio Posterior N° 10177-2025-CG/GRAR-AOP, reveló que un especialista en urología se ausentó de sus labores del hospital Carlos Alberto Seguín Escobedo para operar en una clínica privada. La investigación se originó a raíz de una denuncia ciudadana.
Se trata del médico Alejandro Escalante Álvaro, especialista en Urología nivel P-1, quien se desempeña bajo contrato a plazo indeterminado (D.L. N° 728) en el nosocomio. El mencionado se encontraba con licencia con goce de remuneraciones por enfermedad durante un periodo extenso: del 27 de diciembre de 2023 al 24 de marzo de 2024, otorgada mediante cuatro Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) consecutivos.
Las licencias se basaron en un «Accidente Común». Conforme a la normativa, la enfermedad comprobada es una causa de suspensión imperfecta del contrato de trabajo, donde el empleador debe abonar la remuneración sin que exista una contraprestación efectiva de labores.
Sin embargo, la investigación del ente de control desveló que el servidor hizo un uso indebido de esta licencia. Mediante requerimientos a la Clínica Cerro Colorado S.A.C., se obtuvo documentación que confirma la participación del médico urólogo en la realización de intervenciones quirúrgicas durante el periodo en que debía estar inactivo por enfermedad.
Específicamente, se comprobó que el médico Alejandro Escalante Álvaro realizó una cirugía el 16 de febrero de 2024, actuando como médico principal; y otra cirugía el 21 de marzo de 2024, en calidad de médico ayudante. Ambas fechas se encuentran dentro del periodo de licencia remunerada por enfermedad otorgada por EsSalud. Las actividades se realizaron en la Clínica Cerro Colorado S.A.C., mediante la empresa Centro Urológico Especializado ABED.
Evidentemente, el médico utilizó de manera indebida la licencia con goce de haber por enfermedad. Incluso, la unidad contralora recomienda un proceso administrativo porl «usar indebidamente las licencias cuyo otorgamiento por parte de la Entidad es obligatorio». Además, se considera una posible falta grave bajo el D.L. N° 728, por incumplimiento de obligaciones y quebrantamiento de la buena fe laboral.