Funcionarios sin perfil ocupan puestos clave en el hospital de Majes 

La falta de experiencia profesional no fue un impedimento para que dos funcionarios asumieran puestos clave en el Hospital Central de Majes Angel Gabriel Chura Gallegos”. Con nombramientos apresurados y expedientes incompletos, fueron designados sin cumplir los requisitos mínimos que exige la norma. Mientras en el papel sus perfiles parecían suficientes, la revisión de la Contraloría destapó un panorama diferente. 

El caso involucra al jefe de la Unidad de Estadística e Informática, Johan Jesús Rodríguez Ramos; y a la jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, Guíscela Angelly Ocaña Turpo. Esta última además es primera regidora en el distrito de Majes. Ambos fueron nombrados en sus plazas en mayo de 2024, mediante resoluciones directorales que otorgaron eficacia anticipada a sus nombramientos.

Sin experiencia

Guisela Ocaña fue denunciada por presuntamente intervenir en la contratación de su pareja en el municipio de Majes.

Según el Informe de Orientación de Oficio N.° 10095-2025-CG/GRAR-SOO, los legajos personales de los funcionarios no acreditan los requisitos académicos y de experiencia establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Salud, modificado por Resolución Secretarial N.° 362-2023/MINSA. Dicho manual exige, entre otros puntos, contar con título universitario, al menos cuatro años de experiencia general y dos años de experiencia específica en la materia. Además de un año en cargos de responsabilidad o equivalentes.

En el caso de Guiscela Ocaña Turpo, si bien cuenta con título profesional de Ingeniería de Sistemas emitido por la Universidad Autónoma de Ica, la unidad contralora detectó que no es posible acreditar su experiencia específica en funciones relacionadas a jefaturas o cargos equivalentes. Y es que los documentos remitidos por el área de Recursos Humanos del hospital presentan omisiones, fechas sin cierre de designación y ausencia de sustento en varios periodos. Esto impide contabilizar el tiempo requerido.

La funcionaria fue designada oficialmente el 25 de abril de 2024, a través de la Resolución Directoral N.° 117-2024-GRA/GRS/GR-HCM-D. Sin embargo, según el análisis del ente de control, desde años anteriores habría ejercido encargaturas sin la documentación completa que permita validar su trayectoria. Esto contradice lo establecido en el artículo 16 del Reglamento de la Ley N.° 31419, que regula la idoneidad en el acceso a la función pública.

No es profesional 

Respecto a Johan Jesús Rodríguez Ramos, la situación es aún más grave. Su formación académica se limita a un título técnico en Computación e Informática emitido por el Instituto CESCA en 2009 y una constancia de estudios en Derecho por la Universidad Continental, correspondiente solo hasta el quinto ciclo en 2024. En consecuencia, no cumple con el requisito de contar con título universitario, indispensable para ejercer esa jefatura.

El informe añade que, el actual jefe de la Unidad de Estadística e Informática sí acredita más de trece años de experiencia general y cerca de doce en labores de estadística en el propio hospital. Pero no posee un año de experiencia en cargos de dirección, coordinación o responsabilidad, como exige la normativa. Esto lo inhabilita para ocupar la jefatura que ostenta desde abril de 2024, cuando lo nombraron en esa plaza mediante la Resolución Directoral N.° 115-2024-GRA/GRS/GR-HCM-D. 

La responsabilidad de verificar los requisitos mínimos recae directamente en las oficinas de Recursos Humanos de cada entidad. En este caso, la gerencia administrativa del nosocomio no cumplió con garantizar la idoneidad en el acceso a los cargos de libre designación. Y esta omisión se considera grave, toda vez que se habría incurrido en el delito de nombramiento o aceptación ilegal de cargo, tipificado en el artículo 381 del Código Penal. 

Este artículo establece que “es un delito designar, contratar o encargar un cargo público a una persona que no cumple los requisitos legales, así como aceptar dicho cargo en esas condiciones. La pena actual, establecida por la Ley N° 31676, es de pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con sesenta a ciento veinte días-multa”.

Existen responsables 

Cuando fueron nombrados, Abraham Rodriguez era gerente regional de Salud.

El documento advierte que mantener en puestos claves a funcionarios que no cumplen con el perfil se vulnera la normativa. Además, se pone en riesgo la planificación presupuestal, el desarrollo institucional y la gestión estadística del hospital, áreas consideradas estratégicas para su administración.

La falta de documentación y control evidencia, según la Contraloría, debilidades en la gestión de Recursos Humanos y una deficiente supervisión de los procesos de designación. Esta situación compromete al exdirector del hospital, Jhonny Fredy Charca Rodríguez; y al entonces gerente regional de salud, Abraham Rodríguez Rivas. Ya que ellos tuvieron las competencias sobre estas designaciones.

El informe concluye que la irregularidad identificada constituye una irregularidad muy grave que debe ser corregida de inmediato para asegurar la continuidad de los objetivos institucionales. Además, recomienda al actual titular de la Gerencia de Salud, Walther Oporto Pérez, adoptar medidas preventivas y correctivas. Es decir, el cambio inmediato de ambos funcionarios.