La Fiscalía Provincial de Arequipa abrió una investigación preliminar contra los regidores Rolando Bedregal Sanz, Diana Caracela Ramos, Emilio Herrera Cornejo y Patricia Hidalgo Mamani por el presunto delito de abuso de autoridad. La medida también alcanza a la secretaria general de la Municipalidad Provincial de Arequipa, Claudia Tatiana Cervantes Mansilla, quien afronta cargos por omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
La denuncia fue presentada por la concejal Rocío Amparo Mango Chipana, quien acusa a sus colegas de haber vulnerado el debido proceso en el trámite de una solicitud de suspensión en su contra. Según la carpeta fiscal N.° 503-2025-2017, los hechos se remontan a las sesiones de concejo realizadas entre octubre y noviembre de 2024.

Todo se inició el 28 de octubre de ese año, cuando la regidora Patricia Hidalgo propuso incluir en agenda un pedido para suspender a Mango por 30 días. El argumento fue que había realizado declaraciones falsas en medios de comunicación sobre un viaje oficial de regidores a Piura. La moción fue respaldada por otros nueve concejales, incluidos los hoy investigados.
El 29 de octubre, la solicitud formal ingresó por mesa de partes de la municipalidad con la firma de diez regidores. Posteriormente, el 11 de noviembre, la Secretaría General observó algunos requisitos y dio plazo para subsanar. Tres días después, los regidores corrigieron la documentación y el trámite continuó su curso.
Juez y parte

Así, el 26 de noviembre de 2024 se convocó a una sesión extraordinaria para evaluar la suspensión de Mango. En esa reunión, varios de los regidores que inicialmente promovieron la sanción desistieron públicamente de su pedido. Sin embargo, acto seguido fueron propuestos para integrar la comisión especial encargada de investigar el caso.
Según la denuncia, fue el regidor Emilio Herrera quien sugirió conformar la comisión con Rolando Bedregal, Patricia Hidalgo y Diana Caracela. Es decir, con los mismos concejales que habían firmado la solicitud de suspensión. La propuesta fue sometida a votación y aprobada por mayoría, pese a la existencia de una alternativa que incluía a regidores ajenos al pedido.
Para la denunciante, esta decisión vulneró el artículo 99 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Este obliga a toda autoridad a abstenerse de participar si ya expresó opinión previa sobre el fondo del asunto. “Los denunciados no debieron integrar la comisión porque habían adelantado opinión al firmar la solicitud de suspensión”, advirtió en su declaración.
El Ministerio Público dispuso un plazo de 60 días para las diligencias preliminares, que incluyen la toma de declaraciones de los regidores implicados, de la secretaria general y de la denunciante. También se ordenó revisar los videos presentados como prueba y solicitar a la Municipalidad Provincial de Arequipa información sobre procedimientos administrativos vinculados al caso.