Tras una exhaustiva investigación, la comisión especial del Consejo Regional de Arequipa (CRA) reveló que las contrataciones de Benjamín García Suclla y Maira Yanina Paz Irigoin, familiares del gobernador Rohel Sánchez, estuvieron lejos de ser transparentes. En ambos casos hubo falta de competencia y evidencias de direccionamiento.
Estos hechos ya habían sido advertidos por este medio en octubre de 2024, cuando se descubrió que Maira Yanina Paz Irigoin, cuñada del gobernador, obtuvo un cargo pese a estar impedida por su vínculo de segundo grado de afinidad con el mandatario regional. Por su parte, Benjamín García Suclla, quien tiene dos hijos con Inés Zeballos Patrón —también cuñada del gobernador—, fue designado consultor FAG.
La comisión investigadora fue clara: ambas contrataciones fueron irregulares. Además, el gobernador tiene responsabilidad directa por no declarar los vínculos con los involucrados. El informe fue remitido al Ministerio Público, que ya investiga el caso por el presunto delito de negociación incompatible.

Sí hubo nepotismo
Según la comisión —integrada por los consejeros César Huamantuma Alarcón (presidente), Miguel Ángel Linares Riveros, Juan Carlos Huanca Molero, Natividad Taco Cueva y Osías Ortiz Ibáñez— la contratación de Maira Paz Irigoin transgredió la Ley de Contrataciones con el Estado, al configurarse un caso de nepotismo.
“Maira Paz Irigoin adquirió el 20 de marzo de 2024, al ser madre de la hija de Adin Sánchez Sánchez (hermano del gobernador), la condición de pariente por afinidad en segundo grado, vínculo expresamente prohibido para contrataciones según la Ley N.º 26771 (modificada por las leyes 30294 y 31229) y el Informe N.º 000135-2022-SERVIR”, señala el documento.
El gobernador Sánchez no actualizó su declaración jurada de intereses ante la Contraloría en 2024, omitiendo dicha afinidad. Ella tampoco remitió su información personal y familiar al Gobierno Regional. Peor aún, firmó una declaración jurada asegurando no tener parientes hasta el cuarto grado de afinidad ni segundo de consanguinidad con funcionarios de la institución.
“Ni el gobernador actualizó su declaración jurada en el plazo legal, ni Maira informó dicho parentesco a Recursos Humanos. Las dos declaraciones carecen de fecha, y la oficina de Recursos Humanos tampoco solicitó ni verificó la información, incumpliendo la Directiva N.º 001-2017-GRA/OPDI”, concluye el informe.

Sin mérito
Otra irregularidad detectada en la contratación de la cuñada del gobernador fue que no se sometió a un concurso público, a pesar de que la plaza lo requería. Fue contratada directamente tras una evaluación superficial de su currículum. Su único mérito: ser pareja del hermano del gobernador.
Primero como locadora de servicios y luego bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 276, Paz Irigoin debió pasar por filtros de selección que simplemente fueron omitidos.
“La única evaluación realizada por la oficina de Recursos Humanos fue la revisión del currículum vitae. No se proporcionaron detalles sobre otros criterios o etapas de evaluación”, advierte el informe.
La jefa de Recursos Humanos, Delia Urquizo Valdivia, justificó que al tratarse de contratos temporales para proyectos de inversión no se requería concurso público. Sin embargo, esta afirmación contradice los informes técnicos N.º 1866-2016, 044-2017 y 751-2019 de SERVIR, vulnerando principios de mérito, igualdad de oportunidades y transparencia en la administración pública.

El CV de Benjamín García
La situación de Benjamín García Suclla es aún más grave. Las constancias que presentó para acreditar su experiencia fueron emitidas por alcaldes de los distritos de Vítor (Arequipa), Cabanaconde (Caylloma) y Chichas (Condesuyos), cuando debieron ser expedidas por el área de Logística o Patrimonio de los municipios mencionados.
“Al tratarse de servicios brindados a municipalidades, las constancias debieron ser suscritas por el área correspondiente, lo cual no se evidencia en los documentos revisados”, señala la comisión.
Además, dichas constancias indican que García ejerció funciones de dirección y coordinación, pese a que un locador no puede desempeñar funciones directivas. También hay inconsistencias en las fechas. La constancia de Vítor indica que trabajó del 10 de enero de 2020 al 20 de junio de 2024 (1,623 días), y la de Chichas, del 10 de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2010 (2,912 días).
Estas cifras desnaturalizan el régimen de locación de servicios, que no permite vínculos ininterrumpidos por más de un año.
La comisión cursó oficios a los alcaldes para corroborar la información, pero solo respondió José Huamaní Chaupi, de Vítor, quien alegó “errores de tipeo” en el cargo, funciones y duración del servicio consignados en la constancia.
“El cargo no figura en el ROF ni en el MOF, y la constancia no fue emitida por el área correspondiente. La duración del servicio también fue consignada erróneamente”, afirmó el alcalde.

Infracción al Código de Ética
Aunque no se configuró nepotismo —ya que García es excónyuge de una cuñada del gobernador—, la comisión señala que el vínculo indirecto y la existencia de hijos en común con un familiar cercano del gobernador vulneran principios de la Ley del Código de Ética de la Función Pública.
“La contratación de Benjamín García como consultor FAG, promovida directamente por el gobernador, plantea serios cuestionamientos (…) El uso de su posición para facilitar esta contratación puede interpretarse como un intento de obtener ventajas indebidas, afectando los principios de probidad, justicia y equidad”, subraya el informe.
Todo lo actuado fue enviado a la Secretaría Técnica del Gobierno Regional para determinar la inconducta funcional de los involucrados, así como al Ministerio Público, que continúa investigando el caso.