Por Omar J. Candia Aguilar. Abogado y político: Mail: ocandia@unsa.edu.pe

Los partidos políticos organizan la democracia y se convierten en canales de participación ciudadana. Conforme lo establece el artículo 35 de la Constitución, los partidos políticos “(…) concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica». Vale decir, los partidos son esos canales imprescindibles entre los ciudadanos y el poder. 

La inscripción de un partido político requiere, entre otros requisitos, la presentación de un número determinado de firmas de ciudadanos que respalden su creación. Esta exigencia busca garantizar que la organización política cuente con un mínimo de representatividad ciudadana. Empero, numerosos partidos han recurrido a la falsificación de firmas para cumplir con este requisito, incurriendo en una clara conducta ilícita. En ese sentido, el jefe del Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, Felipe Paredes, reveló que hasta la fecha “se han presentado 40 denuncias contra agrupaciones políticas, de las cuales 30 ya fueron admitidas por el Ministerio Público y 10 están en proceso de calificación”. Esta aseveración, nos permite fácilmente colegir, que para la realización de este hecho ilícito, se debió tener acceso a bases de datos, probablemente de RENIEC para, a través de la tecnología informática, copiar la información (datos personales y firma) a las fichas de inscripción partidaria. Esta conducta, lejos de ser una mera “irregularidad administrativa”, constituye una afectación grave al sistema democrático y la realización de un acto delictivo, que debe ser materia de investigación.

Frente a esta grave denuncia, varias voces ciudadanas han pedido que los partidos involucrados en la falsificación de firmas pierdan su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas o se declare la ilegalidad por conducta antidemocrática. Lo que tiene mucho sentido común. Sin embargo, esto no es posible, en razón que el artículo 14 de la Ley de Organizaciones Políticas Ley N° 28094, establece el procedimiento y las causales, y esta no se encuentra considerada.  Asimismo, la Ley N° 32054, que modifica el artículo 105 del Código Penal y el artículo 5 de la Ley 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el proceso penal, el legislador ha precisado que las medidas aplicables a las personas jurídicas, entre ellas, disolución, clausura de locales, suspensión de actividades, otros, no se aplican a los partidos políticos. Es decir los partidos políticos -en este extremo- como personas jurídicas no tienen responsabilidad.  

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Lo que tiene que investigar el representante del Ministerio Público es la responsabilidad penal, de quienes “suplantaron identidad y elaboraron estas firmas falsas, que sirvieron para la inscripción del partido político”. Este sucinto marco fáctico se subsume en el tipo penal establecido en el artículo 427 del Código Penal que sanciona la conducta: «El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligación o servir para probar un hecho, con el propósito de utilizar el documento». Además, en muchos de estos casos, se utilizan medios tecnológicos para copiar, pegar o digitalizar firmas sin consentimiento, lo que podría constituir también un ilícito previsto en el artículo 9 de la Ley Nº 30096 – Ley de Delitos Informáticos, que sanciona al que “mediante las tecnologías de la información o de la comunicación suplanta la identidad de una persona natural o jurídica, siempre que de dicha conducta resulte algún perjuicio, material o moral, (…)”.

Conforme a lo expuesto, existen mecanismos dados por el propio legislador que protege al partido político y que deben ser racionalmente modificados. No obstante, la sanción penal será individual, contra las personas que realizaron las conductas ilícitas (ilicitud penal). Finalmente, debemos precisar, que “si el sistema permite que partidos surjan desde el fraude, la democracia estará permanentemente en deuda con la verdad, la justicia y la legalidad”.