El Primer Juzgado Especializado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Arequipa declaró improcedente el Proceso Constitucional de Amparo interpuesto por la Asociación de Agricultores Propietarios de Fundos Rústicos de la Irrigación Santa Rita de Siguas contra el Gobierno Regional de Arequipa y la Autoridad Autónoma de Majes – Autodema (ahora PEIMS). El 25 de marzo de 2025, la sentencia n.° 75-2025, se estableció que la partida matriz 04002479 (ficha 23617) de la Irrigación Santa Rita de Siguas comprende únicamente un área de 3 mil hectáreas.
La asociación solicitaba que Autodema se abstuviera de colocar hitos en un polígono de 8,000 hectáreas, sobre las cuales alegaban derechos de propiedad. Sin embargo, el juzgado determinó que limitar la colocación de hitos afectaría el derecho de propiedad de Autodema, ya que, según el derecho constitucional de propiedad, esta entidad tiene la facultad de usar, gozar, explotar y disponer de los terrenos inscritos a su nombre.
Además, el juzgado indicó que si los agricultores consideran que la colocación de hitos u otras acciones sobre terrenos inscritos en la partida 04002051 a nombre de Autodema vulneran sus derechos de propiedad, pueden hacer valer sus pretensiones en un proceso civil ordinario.
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En respuesta a esta decisión, el Proyecto Especial Integral Majes Siguas (PEIMS – Autodema) anunció que continuará con la colocación de hitos y procederá con los desalojos correspondientes para evitar que terceros afecten terrenos de su propiedad en la Pampa de Siguas.