El decano del Colegio de Contadores de Arequipa, Fernando Castro, analiza las nuevas obligaciones dispuestas por la Sunat. La medida busca ampliar la base tributaria con el registro de propietarios y personas con activos relevantes. Podría afectar a muchos contribuyentes de la región.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha emitido nuevas disposiciones que amplían el grupo de sujetos obligados a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC). El decano del Colegio de Contadora, Fernando Castro, explica que los propietarios y personas con consumos significativos deben cumplir con esta inscripción antes del 30 de septiembre de este año. Además, añade que esta medida refleja la intención de la entidad de afianzar la formalización y el control tributario.
«Estas nuevas exigencias impactan directamente a contribuyentes que, pese a tener altos activos, no necesariamente realizaban actividades económicas regulares. El cambio es significativo y debe ser abordado con cautela», subrayó Castro al referirse a las implicancias locales de la resolución.
Contribuyentes con inmuebles
Entre los nuevos sujetos obligados están quienes poseen cinco o más inmuebles con un valor total que supere las 126 UIT (648,900 soles) o quienes tengan participaciones en sociedades por más de 100 UIT (515,000 soles). En Arequipa, muchos propietarios de activos inmobiliarios que antes no estaban bajo el radar fiscal ahora tendrán que cumplir con la inscripción en el RUC. Esto podría alterar la estructura tributaria de la región, atrayendo a nuevos actores al ámbito formal.
«El mayor reto será que estos contribuyentes comprendan su nueva situación fiscal. La Sunat ha dado un plazo claro, pero la mayoría aún desconoce su obligación. Es crucial una campaña informativa para evitar sanciones”, añadió el decano.
La medida también incluye a quienes realicen adquisiciones anuales por más de 10 UIT (51,500 soles) o posean depósitos que superen las 300 UIT (1,545,000 soles) en el sistema financiero. Asimismo, la Sunat podrá inscribir de oficio a los sujetos que no cumplan con registrarse en el plazo estipulado. Para Castro, esto implica un control más estricto sobre los movimientos financieros de ciertos sectores que antes no se encontraban formalmente registrados.
«Se debe entender que esta regulación no solo es un tema de inscripción en el RUC. Al inscribirse, los contribuyentes se hacen visibles para futuras fiscalizaciones y obligaciones tributarias que podrían no haber previsto”, concluyó Castro, enfatizando la importancia de la planificación fiscal para quienes entran en esta nueva categoría de sujetos obligados.
Finalmente, el Colegio de Contadores de Arequipa recomienda a los contribuyentes evaluar con sus asesores si se encuentran dentro de los parámetros definidos por la Sunat para evitar inscripciones de oficio y posibles sanciones.