El fiscal José Domingo Pérez presentó un recurso de reposición ante el Tercer Juzgado Penal Colegiado a fin de que se reconsidere la decisión. Finalmente, colegiado ratificó su decisión.

El Poder Judicial ha ordenado excluir a Keiko Fujimori y otros involucrados del delito de obstrucción a la justicia en el caso ‘Cócteles’, tras una decisión del Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional. La medida se toma después de que el Tribunal Constitucional declarara fundada una demanda de amparo interpuesta por el abogado Arsenio Oré Guardia.

La decisión afecta a varios procesados, incluyendo a Vicente Silva Checa, Pierre Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, José Klimper, Adriana Tarazona e Ítalo Pachas, así como al partido político Fuerza Popular.

El fiscal Pérez Gómez y la defensa legal del Estado argumentaban que la sentencia del Tribunal Constitucional solo tenía efecto para el abogado Arsenio Oré. Pero el colegiado determinó que los efectos de la sentencia también deben ser extensivos para los demás acusados por el delito de obstrucción a la justicia.

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El juicio oral continuará el 26 de agosto. A Keiko Fujimori y los demás investigados solo se le investigará por los delitos de lavado de activos y organización criminal. La defensa de Keiko Fujimori solicitó que se deje sin efecto todo lo actuado en este juicio oral respecto al delito de organización criminal, pero el pedido se rechazó.

La exclusión de Keiko Fujimori y otros involucrados del delito de obstrucción a la justicia es una medida significativa en el caso ‘Cócteles’, que ha generado gran atención mediática y política en Perú.

El caso ‘Cócteles’ es uno de los más importantes en la lucha contra la corrupción en Perú, y la decisión del Poder Judicial es un paso importante en la búsqueda de justicia y transparencia.

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